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Mostrando entradas de 2019

El reconocimiento a los derechos ambientales.

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Intentar tan sólo convencer de que el derecho al medio ambiente adecuado es un derecho humano es complicado por partida doble dado que nos enfrentamos a dos conceptos, derechos humanos y medio ambiente, cuyas definiciones distan mucho de ser precisas. Que se ha asumido su existencia sin ningún tipo de pretensión acerca de su previa conceptualización lo prueba el texto de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 y el estudio de las Constituciones aprobadas las últimas décadas. Sin ser un documento referido explícitamente al medio ambiente, es conveniente recordar que en la Declaración de las Naciones Unidas de 1948 encontramos una primera base sobre la que se ha podría asentar el derecho al medio ambiente adecuado, cuando se dice que "toda persona tiene el derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar...".  Así, posteriormente, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966

Desarrollo sostenible y el mundo occidental.

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EL DESARROLLO SOSTENIBLE. El desarrollo sostenible no es cuestión solo de los países pobres del Sur, sino sobre todo de los países ricos del Norte. Es el estilo de vida de los llamados países desarrollados lo que está creando una situación insostenible, independientemente de lo que puedan hacer los países subdesarrollados.  Son los países del norte industrializado los que más emiten gases de efecto invernadero, los que más contribuyen al calentamiento global del planeta, los que generan más desechos sólidos, los que consumen más recursos y energía. Son, en definitiva, los que depredan cada vez más el medio ambiente terrestre. Ignacio Ellacuria señalaba la necesidad de superar la actual civilización del capital y sustituirla por una civilización alternativa, más democrática, más equitativa y ambientalmente sustentable. Asumiendo el criterio de Kant, Ellacuria considera que la misma forma de vida occidental es inmoral por no ser universalizable: "en nuestro caso, el ideal p

Los derechos al medio ambiente.

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Mientras las poblaciones humanas fueron pequeñas y su tecnología modesta, su impacto sobre el ambiente fue local. Sin embargo, en nuestros días la humanidad demanda el uso más intensivo de los recursos naturales. Esto ha provocado el deterioro de los ecosistemas y los propios recursos. A medida que los bosques y otros recursos no renovables se reducen, todos los ecosistemas se vuelven más vulnerables a la destrucción, la contaminación y la erosión. Estos factores de manera combinada o aislada provocan la declinación y la pérdida de muchas especies. Los problemas ambientales prácticamente afectan a la totalidad de los elementos de la naturaleza: el agua, el suelo, la cobertura vegetal, los animales y el clima. Un problema ambiental es cualquier alteración que provoca desequilibrio en un ambiente dado, afectándolo negativamente. En nuestros días el principal factor de deterioro ambiental es la actividad no planificada del ser humano. Si bien estos problemas  presentan alguna

Derecho a la seguridad social y derechos de las personas con discapacidad.

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El derecho a la seguridad social. Todas las personas tienen derecho a la seguridad social. A través de la provisión de bienestar social o asistencia, los Estados deben garantizar la protección de todos, especialmente los miembros más vulnerables de la sociedad, en caso de desempleo, maternidad, accidente, enfermedad, invalidez, vejez u otras circunstancias de la vida. Los Estados deben realizar progresivamente el derecho a la seguridad social a través de medidas para ofrecer protección, a través de dinero en efectivo o en especie, que permita a los individuos y las familias adquirir la atención sanitaria al menos esencial, abrigo y vivienda básicos, agua y saneamiento, alimentación, y las formas más básicas de educación. Debido a su efecto redistributivo, el derecho a la seguridad social es un factor importante en la inclusión y la cohesión social, así como en la reducción de la pobreza. La seguridad social debe proporcionarse sobre una base no discriminatoria, aunque los med

Los derechos de los grupos etnicos.

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GRUPOS ÉTNICOS Y SUS DERECHOS HUMANOS. Definimos el derecho de los indígenas como el reconocimiento colectivo de los  derechos colectivos  de un pueblo natural de una región, donde se incluyen los  derechos humanos , así como también el derecho a su propio idioma, su cultura, religión y el territorio que, tradicionalmente, había habitado su pueblo; en especial esto último tiene una gran  relación con el colonialismo y la invasión de la tierra  en épocas anteriores y en la justa retribución actual para la pervivencia de los pueblos originarios, de su cultura, su forma de pensamiento y su perspectiva del mundo. Probablemente, el ejemplo más recurrente es el de los nativos de Norteamérica, pero esta es una realidad que también se ha dado en Centroamérica y Sudamérica, así como en Australia y Nueva Zelanda, África y en cualquier latitud: en Asia, los pueblos akha, karen, hmong, judíos, palestinos y kalbelya; en África, los senufo, los tuareg, los pueblos bamba, peul o fulani y lo

Derechos de los trabajadores y de la mujer.

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DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Toda persona tiene derecho al trabajo. El derecho al trabajo es la base para la realización de otros derechos humanos y para una vida en dignidad. Incluye la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado. En la realización progresiva de este derecho, los Estados están obligados a garantizar la disponibilidad de orientación técnica y profesional, y a tomar las medidas apropiadas para crear un entorno propicio para existan oportunidades de empleo productivo. Los Estados deben garantizar la no discriminación en relación con todos los aspectos del trabajo. El trabajo forzoso está prohibido por el derecho internacional. En estrecha relación con el derecho al trabajo está el derecho a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo, y los derechos relacionados con los sindicatos. Los Estados están obligados a garantizar salarios justos, igual salario por igual trabajo e igualdad de remuneración por trabajo de igual val

Las generaciones de derechos humanos que pocos conocen.

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¿!HAY MAS GENERACIONES DE DERECHOS HUMANOS!? La respuesta es que si, existen otras 2 generaciones de derechos humanos que no son muy reconocidas por el mundo, las cuales pasaremos a ver a continuación. QUINTA GENERACIÓN  La quinta generación de derechos humanos tampoco será estrictamente extensible a seres humanos, sino a maquinas, artefactos, robots y software inteligente. Ejemplo será el día en que un robot pueda tener una conducta autárquica (libre) con respecto a su programador y realice un acto ilegal. ¿Habrá que castigarle?, ¿otorgarle derechos de protección legal justa? SEXTA GENERACIÓN  La sexta generación de derechos humanos si que será aplicable a seres humanos, o no exactamente, porque será a seres trans - humanos y en un estado ulterior (posterior) post-humano, o por utilizar una expresión mucho más viable, personas con identidad genética-cognitiva-informacional alterada por la modificación gano-nano-robo-tecno. 

Derechos de cuarta generación.

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La cuarta generación de derechos humanos no es estrictamente conferida o atribuible a seres humanos, sino que son los derechos de los animales no-humanos. Ejemplos son la conservación de especies en peligro de extinción y trato ético a animales no-humanos.  La división en generaciones de los derechos humanos para su estudio es una creación del checoslovaco ex Director de la División de Derechos Humanos y Paz de la UNESCO, Karel Vašák (1929 — 2015), que introdujo el concepto en su conferencia para el Instituto Internacional de Derechos Humanos, en Estrasburgo, en 1979, inspirado en el lema de la República Francesa.  libertad, igualdad y fraternidad, sustituyendo la última por «solidaridad» Mientras que las tres primeras generaciones de derechos humanos, son fundamentalmente producto de la evolución política de las sociedades nacionales y la internacional; la cuarta generación implica a las innovaciones tecnológicas y la globalización. El ciberespacio, junto a las nuevas tecn

Derechos de tercera generación.

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CONTEXTO HISTÓRICO DE LOS DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN. La Carta de 1948 tiene un carácter universal. Sin embargo, pasado el tiempo quedó claro que muchos derechos no estaban especificados en la declaración, sino simplemente sugeridos o esbozados, y que por tanto convenía puntualizar y actualizar el documento con declaraciones, procedimientos o pactos anexos. Además, los países que participaron en este proceso rápidamente se dieron cuenta de que la declaración no evitaba por sí sola la violación de los derechos humanos en el mundo y que era necesario trabajar en estrategias concretas. Por otro lado, el concepto de  derechos humanos  se fue ampliando progresivamente hasta adquirir nuevos significados. Por ejemplo, en la década de los 80 surgieron las primeras reivindicaciones del cuidado del medioambiente, una cuestión en la que hasta ese momento pocos habían reparado, a pesar de que estaba sugerida previamente en el artículo 25 de la Carta original, que habla sobre la sa